|
Archivar en la categoría ‘propiedad intelectual’Hace tiempo que dejé algunas impresiones constitucionales sobre la Ley Sinde (audio) (texto). Aún no he hecho un análisis del Real Decreto 1889/2011, de 30 de diciembre, por el que se regula el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual. Con motivo de la presentación del libro de Loreto Corredoira el 8 de marzo tendremos ocasión de analizarlo varios profesores y abogados. En esta ocasión, y como siempre a falta de mayor reposo, lo que me llama la atención es la Orden ECD/378/2012, de 28 de febrero, por la que se establece la obligatoriedad para los interesados en el procedimiento de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual, de comunicarse con la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual por medios electrónicos. Me entero de la misma gracias a un comentario de Cristina Martínez (y veo luego uno de David Maeztu) que me pone sobre la pista de diversos de sus problemas: Seguir leyendo » El día de las uvas aparece en el BOE la supresión del canon y la creación de comisiones 1 y 2 de propiedad intelectual. 2. El Gobierno establecerá reglamentariamente el procedimiento de pago a los perceptores de la compensación equitativa por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. 3. La cuantía de la compensación se determinará tomando como base la estimación del perjuicio causado.
TJUE: filtrar comunicaciones para proteger propiedad intelectual contrario a libertad de información
Tweet Sentencia del TJUCE (Sala Tercera) de 24 de noviembre de 2011, en el asunto C‑70/10, Scarlet Extended SA y Société belge des auteurs, compositeurs et éditeurs SCRL (SABAM). Acceso texto sentencia He puesto a disposición un resumen subrayado de esta importante sentencia. Además de los extractos de interés de la noticia de prensa, bajo, me permito destacar: -La propiedad intelectual no es un derecho en paridad con los derechos fundamentales implicados, éste debe ser un importante punto de partida a la hora de proteger la propiedad intelectual. -La sentencia no sólo ve en juego la privacidad que siempre domina estos temas, sino que es especialmente importante que se tenga en cuenta que está en juego el derecho de recibir información , que quedaría perjudicado por un control que afectase a contenidos lícitos. -No se afronta la cuestión desde la perspectiva del secreto de las comunicaciones. La sentencia se ciñe a protección de datos y libertad de información, probablemente para no marearse. Ahora bien, no hay que excluir que sistemas de filtrado que impliquen un análisis de contenidos de las comunicaciones para en razón de ello restringirlas, desviarlas, etc. pudieran también afectar al secreto de las comunicaciones. El tema afecta a la neutralidad de la red, pero la sentencia no se mete en ese lío. Ya hay conclusiones del Abogado General del TJUE para el Asunto C‑461/10 (Bonnier Audio y otros), sobre la posibilidad de retener datos de trático y emplear los mecanismos de la Directiva 2006/24/CE para perseguir ilícitos de propiedad intelectual, esto es, no para perseguir crimen organizado y terrorismo. Seguir leyendo » Libertad en Internet: garantías y amenazas, 28- 30 de septiembre 2011. UIMP-Valencia, Lorenzo Cotino Hueso y Andrés Boix Palop (Directores)
Twitter del Congreso (326 tweets) #libertadesuimp Oir al pulsar el enlace o guarde los audios (.mp3) con botón derecho y “guardar enlace como”
Mi conferencia sobre Ley Sinde y situación jurídica propiedad intelectual en internet en la Semana informática. Descargar audio con botón derecho aquí Acto de 31.3.2011 de presentación del libro en la Facultad de Cc. de la Información en la Universidad Complutense y Debate sobre el cánon digital. Intervinieron la profesora Loreto Corredoira, Rafael Sánchez de EGEDA (a quien escuchan atentamente alumnos y miembros del colectivo Anonymous), el profesor Lorenzo Cotirno y Víctor Domingo, Presidente de la Asociación de Internautas, moderados por el profesor Manuel Sánchez de Diego. Audios:
Acceso al VÍDEO COMPLETO del acto en la Complutense AQUÍ (Victor Domingo, desde minuto 11; Rafael Sánchez desde minuto 24; Lorenzo Cotino desde minuto 49; debate desde 1 h 5 minutos) Watch live streaming video from etvspain at livestream.com
Teleuned ofrece numerosos audios y vídeos de las asignaturas de Derecho, y por lo que interesa, Derecho constitucional y Derecho político. Pero no son fácilmente usables. El vídeo explica cómo acceder y sacar partido a estos contenidos y la posibilidad de usarlos en nuestras plataformas educativas mediante cita. puedes acceder a este breve vídeo tutorial que he realizado aquí Texto final LES-Ley Sinde y otras leyes TICs reformadas…
La LES (Ley de Economía Sostenible) va más allá de la famosa Ley Sinde. A salvo de que se me pasen otras cosas, incluye:
Disposición adicional séptima. Modificación de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Disposición adicional duodécima. Modificación de la compensación equitativa por copia privada.
Disposición adicional decimoséptima. Impulso a la implantación de la Sociedad de la Información.
Disposición final cuadragésima tercera. Modificación de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, el Real Decreto legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, para la protección de la propiedad intelectual en el ámbito de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
Disposición final quincuagésima sexta. Modificación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Más allá de la Ley Sinde, cabe destacar una obligación para toda Comunidad Autónoma y Entidad local respecto de la Administración electrónica así como una suculenta reforma de la LOPD y, por supuesto, la “Ley sinde”. Aquí va el texto… Seguir leyendo »
Al parecer, hay fumata blanca para aprobar la Ley Sinde scargas de internet, Aunque esto es farragoso y requiere tiempo y cierto reposo (yo me niego hasta que no esté en el BOE), me da la impresión de que todo el “avance” en el tema de la ley Sinde 2 pactada es meter un juez para pedir datos de tráfico a los operadores: parto del texto de la nueva ley aquí Los puntos importantes creo que son estos: Seguir leyendo » |
|