Bienvenido a www.cotino.net la página web personal de Lorenzo Cotino Hueso, profesor titular de Derecho constitucional de la Facultad de Derecho de la Universitat de València, coordinador de la Red de especialistas en Derecho de las Tecnologéas de la Información Comunicación www.derechotics.com En el presente sitio puede acceder, entre otros, a numerosos contenidos y publicaciones temáticas.
Últimas entradas
25/01/10

Alguien tan especial como Mentxu Ramilo ha sacado adelante su tesis doctoral, con un conocimiento acumulado de tantos años. No hay muchos que hayan trabajado en sociedad de la información desde hace tiempo.
Se trata de la TESIS POLÍTICAS PÚBLICAS, INSTITUCIONES Y ACTORES PARA LA PROMOCIÓN DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y/O DEL CONOCIMIENTO, en la Universidad del País Vasco. El tribunal ha estado formado por: Joan Subirats (Presidente), Arantxa Elizondo (Secretaria), Manuel Arenilla, Carmelo Moreno y David Sancho.
Se puede acceder contenido completo de la misma AQUÍ Seguir leyendo »


14/01/10
La versión que he manejado del anteproyecto de Ley de Economía Sostenible es ESTA
la web del Ministerio es ÉSTA
El otro día estuve mirando y había unas interesantes preguntas y respuestas sobre el tema de Escolar , muy recomendables.

Y, sin duda, el INFORME DE DERECHO EN RED me parece muy completo, hay temas opinables, como todo, pero es riguroso y todo menos visceral. Seguir leyendo »


10/01/10

Hace unos días comentaba negativamente la sentencia que por la difusión de los datos ideológicos de la afiliación al partico (con agravante) en Cadenaser.com. Me centré en la negativa afirmación de que internet no es un medio de comunicación social a los efectos de libertad informativa. Lo cierto es que tan desafortunada afirmación no tiene relevancia alguna en el fondo de la sentencia, puesto que lo que se analiza es si era necesaria la divulgación de los datos para dar la información de interés público de las irregularidades de la afiliación en el PP local.
Pasados unos días, con una lectura más profunda del amplio texto de la sentencia, considero adecuado algún comentario más concreto. La sentencia cuanto menos está bastante construida, pese a las muy fuertes críticas que está recibiendo. Seguir leyendo »


28/12/09

El T. Supremo ha confirmado la condena a la Asociación de Internautas. El texto de la sentencia AQUÍ
lo interesante de la sentencia está a partir de la página 12, final. Personalmente creo que es una sentencia técnicamente muy mejorable y que definitivamente quiebra con la exención de responsabilidad de la Directiva. El criterio de la diligencia se impone ya para el futuro frente a los artículos 14 y ss. de la LSSICE. Con esta doctrina en la mano, la mayor parte de las webs son objeto de denuncia -ganable por el denunciante.
puede accederse a la noticia de la sentencia por la Asociación de Internautas aquí

Un reciente trabajo mío sobre el particular, totalmente en contra de esta línea jurisprudencial, aquí

Se trata del texto escrito -version castellano- Ponencia “Encaje constitucional de la responsabilidad en la web 2.0” en I Seminario IDT sobre derecho y web 2.0. Workshop sobre la propiedad intelectual, la privacidad, la Administración electrónica y las responsabilidades en la web 2.0. Aspectos legales y tecnológicos, Institute of Law and Technology (IDT), Universidad Autónoma de Barcelona, 18 de septiembre


24/12/09

“La protección constitucional al derecho a la información se refiere a los medios de comunicación social (televisión, radio o prensa escrita) pero, debe matizarse, Internet no es un medio de comunicación social en sentido estricto, sino universal”.
Sentencia del Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid “dixit”
Noticia aquí
Sentencia aquí

Dentro de unos años, habrá que explicar estos argumentos de pandereta navideña a los que no sabrán qué era la televisión, la radio o la prensa escrita. Ya en 1997 el TS USA dijo todo lo contrario a este juez. Seguir leyendo »


03/12/09

Como se recuerda en “El País”, 55.000 ‘blogs’ incorporan el documento ‘En defensa de los derechos fundamentales en Internet’ en seis horas y Google recoge en el mismo tiempo más de un millón de páginas que hacen mención a su contenido. Seguir leyendo »


01/12/09

En este DOCUMENTO pongo extractos de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, con relación al fenómeno electrónico y especialmente la e-Administración. Seguir leyendo »


01/12/09

Desde que entró en vigor la reforma de la LOTC operada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24, se introduce la exigencia de “especial trascendencia constitucional”. Si la inadmisión ya era de un 96% de los recursos, ésta se ha incrementado, en especial porque según me informan, un 40% de las demandas no introducen este obligado alegato para poder ser admitidas. El resultado indefectible: la inadmisión.
Gracias a esta sentencia (aquí el texto completo), se brindan pautas para conocer sobre qué hay que argumentar para gozar del “privilegio” de ser admitido el recurso de amparo. No son criterios determinantes, pero sí relativamente objetivos, salvo el último, que necesariamente abre la puerta a cuestiones del ámbito político, parlamentario y electoral, así como a cuestiones de “relevante y general repercusión social o económica o tenga unas consecuencias políticas generales”. Pese a lo abierto de la exigencia, requiere cuanto menos una argumentación sobre tales pautas.

En el siguiente enlace hay un breve extracto en tres páginas de lo importante de la sentencia y del voto respecto de la misma.


25/11/09

El lunes 23 de noviembre de 2009 y con gran afluencia de público se realizó la Jornada Derechotics, Jornada “Firma electrónica y acceso electrónico a los servicios públicos”
Constó de dos sesiones de 4-5 ponencias breves de 10-15 minutos y amplio tiempo para el debate y reflexión por los participantes.
Además del dossier normativo y el programa, YA ESTÁN DISPONIBLES AUDIOS de ponencias y debate y PRESENTACIONES que se emplearon en la Jornada. Próximamente se difundirán los vídeos y presentaciones pendientes.
Todo está disponible en www.derechotics.com
en concreto, en el siguiente link
Esperando que pueda resultar de alguna utilidad, para mí, sin duda lo fue.
Mi concreta ponencia “Una vía de impulso del e-gobierno: el reto del uso de ‘otros’ medios de firma electrónica” está disponible el AUDIO y la PRESENTACIÓN
Lorenzo Cotino.


24/11/09

Gracias a Nacho Criado en Toledo, tuve conocimiento del ESTUDIO CIS Nº 2.794
BARÓMETRO DE MARZO
cuyo grueso, sorprendentemente era algo que suscita en la población tan poco interés como la e-adminsitración.

A continuación, pongo unos extractos míos de lo que me parece relevante:

(elaboración propia).

- 40% consideran que las Administraciones funcionan mejor que hace diez años.

- 71% considera que hay dificultades para realizar gestiones o trámites en la Adm.

- básicamente la lentitud y la excesiva burocracia o requisitos. A distancia, la complejidad.

- 71% conoce la posibilidad de realizar gestiones por internet, básicamente el IRPF o la cita sanitaria.

- el canal favorito es en persona (72% 1º y 16% 2º), teléfono es 6,7% (1º), 50% (2º). Internet es 20% (1º) y 20% (2º).

- La ventaja de internet es esencialmente evitar desplazamientos y ahorro de tiempo.

- El principal inconveniente, no tener contacto con personas que te ayuden (46%, 19%) y la inseguridad (24%, 20%).

- La complicación es una barrera (10%, 14,5%) así como la necesidad de tener identificación electrónica (6% y 10%).

- Entre los servicios posibles, casi todos se consideran en un 70% muy útil -30%- o bastante últil (42%).

- Para informarse para realizar un gestión, el 61% acude a la oficina, un 14% llama por teléfono y el 20% busca…

- el 70% va a un buscador. Al 060 va un 5% y un 25% al respectivo sitio institucional.

- En el caso local, el 74% va a la oficina más cercana y sólo el 9% lo busca en la red.

- De los que NO usan internet, el motivo es variado, básicamente la preferencia de tener personas delante (25%, 17%) o que no saben manejar internet (22%, 14%). No tienen internet (14%, 12%).

- De los que NO usan internet, 2/3 consideran poco o nada probable que lo hagan en alguna ocasión.

- Los que han usado internet, la AEAT y la SSocial concentran el uso (43% y 29.8%), seguidos de Servicios de Empleo o tráfico (13%, 12%). Un 23,5% la e-administración autonómica y sólo un 16% la e-administración local.

- Y los usos destacados son, 1º acceder a información para gestión (50%), descargar formularios (33%), seguidos de concertar citas (24%), trámites (24%) o buscar la dirección o teléfono (19%).

- Nueve de cada diez que buscaban algún tipo de información, la encontraron.

- y les resultó fácil o muy fácil (68%, 10%).

- Entre los que fracasaron en una interactuación, el fracaso general (44%) se dió porque no podía hacerse todo a través de la red. Para un27% era demasiado complicado.

- Respecto del e-DNI (unos 14 millones expedidos), un 30% no lo conocen y un 70% sabe que sirve para interactuar con la Adm. De entre los que lo tienen, sólo lo han utilizado un 4,4% y de entre ellos, la mayoría no recuerda para qué (NS-NC 40%).


11/07/09

He incluido AQUÍ un texto y resumen (francés-español) de la Décision n° 2009-580 DC du 10 juin 2009, Conseil constitutionnel, Loi favorisant la diffusion et la protection de la création sur internet, esto es, la Decisión nº 2009-580 de 10 de junio de 2009 del Consejo Constitucional francés por la que se declara inconstitucional la Ley que favorece la difusión y la protección de la creación en internet, en concreto, declarando inconstitucionales diversas modificaciones del Código de la Propiedad Intelectual, como consecuencia de los artículos 5 y 11 de la ley.
En Europa, la decisión “jurisdiccional” más importante sobre libertad expresión en la red.


09/07/09

Hola, he colgado el texto de la sentencia en castellano, aquí lo pongo por si es de utilidad. Personalmente, la voy a estudiar y preparar para los materiales de la asignatura Derechos fundamentales del próximo curso.
Accede al texto AQUÍ


07/07/09

Como se comentó, se realizó con éxito el Seminario que Miguel Presno y yo organizamos (ver), gracias al gran trabajo de  Innovación educativa de la Facultad de Derecho de Valencia ya están disponibles los vídeos del programa en este enlace y el de mi ponencia aquí, sobre “No casos, sino ‘pasos’ en la enseñanza de derechos fundamentales”. también se cuenta con la presentación y audio en slide-share aquí

Estamos preparando un completo e-book a raíz del seminario.


07/07/09

Integro ponencia colgada en youtube, “Els drets dels ciutadans a relacionar-se amb les Administracions públiques per mitjans electrònics” (en castellano),  Jornada sobre la Llei d´accés electrònic dels ciutadans als serveis públics, UOC, 19 de novembre de 2007. El link directo a youtube aquí


25/06/09

En el marco del I Seminario (www.constitucion.net), mi ponencia en audio con presentación power point:


25/06/09

me estreno poniendo presentación slideshare, ademas con el AUDIO. Para los novatos -como yo- funciona con el “play-pause” y puedes maximizar con el iconode pantallita inferior derecha.
Se trata de la ponencia “Dimensión jurídica de la Política 2.0” en Seminariopolitika 2.0: ¿podemos reinventar la democracia a través de la participación?, Parlamento Vasco-Universidad del País Vasco, 22-24 de junio de 2009.


25/06/09

En este enlace están dispuestos los videos de las ponencias de las III Jornadas de Convergencia de la Facultad de Derecho de Valencia, numerosas experiencias de 15-20 minutos (10 nuestra ponencia, sobre innovación en Derechos fundamentales). Muchas experiencias, así como la participación de invitados de la UAB y de la Carlos III , son de indudable interés. José García Añón hizo un trabajo tremendo.


12/05/09

Celebrado con mucho éxito el I Seminario (www.constitucion.net), unos 50 docentes y unas 15 ponencias que en breve estarán en audio-video en la red. Los textos ya están.Organizado con Miguel Presno Linera) en el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC), Madrid, miércoles 17 de junio de 2009.


12/05/09

En el siguiente link se puede acceder a los videos del SICARM 09, del 13 al 15 de mayo 2009 ”Los retos jurídicos de la protección de los datos personales”.

Mi intervención “enRedando socialmente, ¿qué pasa con mis datos en las redes sociales?” está disponible aquí , a partir del minuto 20′.


26/09/08

Por desgracia, han cerrado “Derecons”, quede para el recuerdo.

- DERECONS (RED ACADÉMICA DE DERECHO CONSTITUCIONAL)

el mejor referente jurídico para derecho constitucional en España, del que me permito destacar sus códigos:

- “Código de Derecho constitucional” con todas las normas básicas del Estado sistematizadas por áreas.

-“Código de Derechos fundamentales” con toda la normativa y jurisprudencia seleccionada.

- “Códigos de referencia” con las normas más importantes en los ámbitos administrativo, penal, civil, financiero, laboral y mercantil.

- “Materiales de Derecho Constitucional”, es una excelente herramienta desarrollada por el Area de Derecho Constitucional de la Universidad de Valladolid.